Deducción por maternidad: quién la cobra, cuánto y cómo pedirla por adelantado
Lo que dice el artículo 81 de la Ley del IRPF y lo que explica la Agencia Tributaria sobre el abono anticipado, con el cheque bebé aclarado.
Actualizado el 13 de octubre de 2026 · fuentes comprobadas el 13 de octubre de 2026
En resumen
La deducción por maternidad permite a las madres con hijos menores de tres años restar hasta 1.200 euros al año por hijo del IRPF, o cobrarlos por adelantado cada mes con el modelo 140. Desde 2023 basta con cobrar desempleo al dar a luz o estar de alta en la Seguridad Social con al menos 30 días cotizados. Por gastos de guardería se añaden hasta 1.000 euros.
Quién tiene derecho (desde el 1 de enero de 2023)
Según el artículo 81 de la Ley del IRPF, vigente a octubre de 2026, tienen derecho las mujeres con hijos menores de tres años por los que apliquen el mínimo por descendientes y que:
- en el momento del nacimiento cobren una prestación contributiva o asistencial por desempleo; o
- en ese momento o más tarde estén dadas de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad con al menos 30 días cotizados.
En adopción o acogimiento, la deducción se aplica durante los tres años siguientes a la inscripción en el Registro Civil, sea cual sea la edad del menor.
Cuánto
| Concepto | Importe máximo | Cómo se calcula |
|---|---|---|
| Deducción por maternidad | 1.200 euros al año por hijo menor de 3 años | En proporción a los meses con derecho (100 euros por mes) |
| Incremento por darse de alta después del parto | 150 euros, una vez | Se suma en el mes en que cumples los 30 días cotizados |
| Incremento por guardería o centro de educación infantil autorizado | Hasta 1.000 euros al año | En proporción a los meses, con el límite del gasto real no subvencionado |
El incremento por guardería cubre preinscripción, matrícula, asistencia (horario general y ampliado) y alimentación, por meses completos. El año en que el niño cumple tres años, puede aplicarse hasta el mes anterior al que pueda empezar el segundo ciclo de educación infantil.
Cobrarla cada mes: el abono anticipado
Puedes pedir a la Agencia Tributaria que te ingrese la deducción por adelantado, con el modelo 140, indicando tu NIF y el de tus hijos si lo tienen. La Agencia Tributaria indica que:
- si ya la cobras por un hijo, no tienes que volver a solicitarla por ese mismo hijo;
- seguirás cobrando el abono hasta que el menor cumpla tres años, aunque dejes de estar de alta o de cobrar el desempleo;
- si cambia tu situación, debes comunicarlo en 15 días naturales;
- quien cobra el abono anticipado no resta la deducción en la declaración, pero debe declararla; si se ha cobrado de más, se regulariza en la declaración (o lo hace Hacienda si no estás obligada a declarar).
El incremento por guardería no se cobra por adelantado: se aplica en la declaración de la renta.
¿Y el cheque bebé?
El llamado cheque bebé era la prestación estatal de pago único por nacimiento de la Ley 35/2007. Fue derogada con efectos desde el 1 de enero de 2011 (BOE). Hoy las ayudas estatales por hijo son esta deducción, el complemento de ayuda para la infancia para hogares con ingresos bajos y las deducciones por familia numerosa o discapacidad. Muchas comunidades autónomas y ayuntamientos tienen sus propias ayudas o deducciones por nacimiento: consulta el portal de tu comunidad y de tu ayuntamiento.
Paso a paso
- Inscribe al bebé en el Registro Civil: lo hace normalmente el hospital. Ver la inscripción del nacimiento.
- Comprueba que cumples: desempleo al nacer o alta con 30 días cotizados.
- Presenta el modelo 140 en la Sede de la Agencia Tributaria para cobrarla cada mes, o espera a la declaración de la renta.
- Si llevas al bebé a una guardería autorizada, guarda los recibos: el centro informa a Hacienda, y el incremento se aplica en la renta.
Lo que preguntan los padres
¿Cuánto es la deducción por maternidad al mes?
Hasta 1.200 euros al año, calculados en proporción a los meses en que cumples los requisitos, es decir, 100 euros por cada mes con derecho. Si pides el abono anticipado, Hacienda te lo ingresa mes a mes.
¿Tengo derecho si estoy en paro o no trabajo?
Sí, si cobras prestación o subsidio por desempleo en el momento del nacimiento. Si no, el derecho nace cuando te das de alta en la Seguridad Social o mutualidad y cumples 30 días cotizados, aunque sea después del parto.
¿Es compatible con el complemento de ayuda para la infancia?
No en los mismos meses: la deducción no se aplica en los meses en que cualquiera de los progenitores cobre el complemento de ayuda para la infancia por ese hijo.
¿Puede cobrarla el padre?
Solo si la madre fallece o si la guarda y custodia se atribuye en exclusiva al padre o a un tutor que cumpla los requisitos.
Fuentes
- BOE — Ley 35/2006 del IRPF, art. 81 (texto consolidado, en vigor desde el 01/01/2023) comprobada el 13 de octubre de 2026
- Agencia Tributaria — Deducción por maternidad comprobada el 13 de octubre de 2026
- Agencia Tributaria — Abono anticipado de la deducción por maternidad (modelo 140) comprobada el 13 de octubre de 2026
- BOE — Ley 35/2007 (cheque bebé), derogada con efectos desde el 1 de enero de 2011 comprobada el 13 de octubre de 2026
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