Licencia de paternidad en México: cuántos días y cómo pedirla
Lo que dice la Ley Federal del Trabajo vigente a octubre de 2026, lo que puede mejorar tu contrato y cómo aprovechar esos días.
Actualizado el 13 de octubre de 2026 · fuentes comprobadas el 13 de octubre de 2026
En resumen
En México, el patrón debe dar a los trabajadores un permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo por el nacimiento de sus hijos, y también por adopción (Ley Federal del Trabajo, art. 132, fracción XXVII Bis, vigente a octubre de 2026). Tu contrato colectivo o la política de tu empresa pueden darte más días.
Lo que dice la ley
La Ley Federal del Trabajo obliga al patrón a otorgar permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo a los trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y también en caso de adopción (art. 132, fracción XXVII Bis). Es la regla vigente a octubre de 2026.
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| ¿Cuántos días? | Cinco días laborables |
| ¿Con sueldo? | Sí, con goce de sueldo, a cargo del patrón |
| ¿Por adopción? | Sí, igual |
| ¿Puede haber más? | Sí, si lo da tu contrato colectivo, tu reglamento interior o la política de la empresa |
Si trabajas para el gobierno
La Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado no fija un número de días de paternidad; para la adopción remite a «los permisos maternos y paternos previstos en la normatividad aplicable» (art. 28). Pide a tu área de personal las condiciones generales de trabajo vigentes de tu dependencia.
Cómo pedirla
- Avisa con tiempo de la fecha probable de parto, por escrito.
- Presenta el documento que pida tu empresa: constancia del hospital o acta de nacimiento.
- Verifica que cuenten días laborables: si el bebé nace un viernes y no trabajas fines de semana, tus cinco días siguen siendo cinco días de trabajo.
Cómo usar esos cinco días
La NOM-007 invita a la pareja a acompañar las consultas y pide que la información sobre los cuidados del recién nacido y los cambios emocionales del puerperio se dé a la madre y a su pareja (numerales 5.3.1.8 y 5.6.2.3). Cinco días pasan rápido; aprovéchalos para lo que solo tú puedes resolver:
Para la pareja
Si la mamá lleva más de dos semanas muy triste, ansiosa, sin dormir aunque el bebé duerma, o dice cosas que te preocupan, no esperes: pidan ayuda juntos a su médico familiar. Si hay riesgo inmediato, llama al 911.
Lo que preguntan los padres
¿Los cinco días de paternidad son naturales o laborables?
Laborables. La ley habla de cinco días laborables con goce de sueldo, así que los días que no trabajas normalmente no se descuentan del permiso.
¿El IMSS paga la licencia de paternidad?
No. La Ley Federal del Trabajo la pone a cargo del patrón, con goce de sueldo (art. 132, fracción XXVII Bis).
¿Hay licencia de paternidad en caso de adopción?
Sí, los mismos cinco días laborables con goce de sueldo.
Fuentes
- Cámara de Diputados — Ley Federal del Trabajo, art. 132, fracción XXVII Bis (última reforma DOF 14-05-2026) comprobada el 13 de octubre de 2026
- Cámara de Diputados — Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, art. 28 (última reforma DOF 15-01-2026) comprobada el 13 de octubre de 2026
- Secretaría de Salud — NOM-007-SSA2-2016, numerales 5.3.1.8 y 5.6.2.3 comprobada el 13 de octubre de 2026
Mamavela informa; esta guía no sustituye a tu matrona, a tu médico ni a tu pediatra, que conocen tu situación. Ante cualquier duda, llámales. En caso de urgencia, llama al 112.