Ir al contenido

Baja por maternidad para autónomas

El mismo permiso que una asalariada, con un cálculo propio y una declaración sobre tu actividad: lo que cambia cuando trabajas por tu cuenta.

Actualizado el 13 de octubre de 2026 · fuentes comprobadas el 13 de octubre de 2026

En resumen

Si eres autónoma, tienes la misma prestación por nacimiento y cuidado de menor que una asalariada: 19 semanas para nacimientos desde el 31 de julio de 2025, al 100 % de la base reguladora. Esa base es la suma de tus bases de cotización de los 6 meses anteriores al mes previo al permiso, dividida entre 180. Debes estar al corriente de tus cuotas.

Las mismas semanas

La duración no cambia por ser autónoma: 19 semanas por progenitor para nacimientos desde el 31 de julio de 2025 (32 en monoparentalidad), con 6 obligatorias tras el parto, 11 flexibles hasta los 12 meses y 2 hasta los 8 años. La prestación es el 100 % de la base reguladora (Seguridad Social, vigente a octubre de 2026).

El cálculo, con tus bases

Para una autónoma, la Seguridad Social calcula la base reguladora diaria así:

Suma de las bases de cotización de los 6 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del inicio del permiso, dividida entre 180.

Ejemplo: base de cotización mensual estableBase reguladora diaria6 semanas (42 días)19 semanas (133 días)
950 euros31,67 euros1.330 euros4.211 euros
1.200 euros40 euros1.680 euros5.320 euros
1.800 euros60 euros2.520 euros7.980 euros

Ejemplos aritméticos con la regla publicada por la Seguridad Social, redondeados; la cantidad exacta figura en la resolución del INSS. Como la prestación depende de tu base, tu elección de base de cotización en los meses anteriores tiene un efecto directo.

Requisitos

  • Estar afiliada y en alta en el régimen de autónomos al empezar cada periodo de descanso.
  • Tener la cotización mínima según tu edad (ninguna antes de 21 años; 90 días en 7 años o 180 en la vida laboral de 21 a 25; 180 días en 7 años o 360 en la vida laboral desde los 26).
  • Estar al corriente en el pago de las cuotas.

Si no llegas a la cotización mínima, puedes tener el subsidio especial del 100 % del IPREM durante las 6 semanas obligatorias: lo explicamos en cuánto se cobra.

Los papeles propios de una autónoma

Además de la solicitud general, la Seguridad Social tiene dos formularios para trabajadoras por cuenta propia:

El resto del procedimiento es el mismo: ver cómo solicitar la prestación.

Y Hacienda

Como autónoma de alta, también puedes tener la deducción por maternidad de hasta 1.200 euros al año por hijo menor de 3 años, cobrada cada mes si la pides por adelantado.

Conviene saber

Antes de la fecha prevista de parto, apunta tus clientes, entregas y plazos fiscales del trimestre: delegar o aplazar a tiempo te deja disfrutar de las semanas sin sobresaltos.

Lo que preguntan los padres

¿Cuánto cobra una autónoma de baja por maternidad?

El 100 % de su base reguladora diaria: la suma de las bases de cotización de los 6 meses anteriores al mes previo al inicio del permiso, dividida entre 180, por cada día de permiso.

¿Qué pasa con mi negocio durante la baja?

La prestación cubre el descanso, así que no puedes trabajar en esos periodos. La Seguridad Social pide, junto a la solicitud, una declaración de situación de la actividad: el formulario indica qué datos aportar.

¿Puedo disfrutarla a tiempo parcial?

Existe un formulario específico, la declaración del trabajador por cuenta propia para descanso a tiempo parcial. Las 6 semanas obligatorias tras el parto son siempre a jornada completa.

Fuentes

  1. Seguridad Social — Prestación por nacimiento y cuidado de menor (base reguladora de autónomos, requisitos) comprobada el 13 de octubre de 2026
  2. Seguridad Social — Solicitudes y formularios de la prestación por nacimiento comprobada el 13 de octubre de 2026
  3. BOE — Ley 35/2006 del IRPF, art. 81 (deducción por maternidad) comprobada el 13 de octubre de 2026

Mamavela informa; esta guía no sustituye a tu matrona, a tu médico ni a tu pediatra, que conocen tu situación. Ante cualquier duda, llámales. En caso de urgencia, llama al 112.

Sigue leyendo