Cuánto paga el IMSS por maternidad y cómo se cobra
La fórmula, ejemplos de cálculo y el camino del dinero hasta tu cuenta, según la Ley del Seguro Social vigente a octubre de 2026.
Actualizado el 13 de octubre de 2026 · fuentes comprobadas el 13 de octubre de 2026
En resumen
El IMSS paga el 100 % de tu último salario diario de cotización durante 84 días. La cuenta es simple: salario diario de cotización x 84. Con 450 pesos diarios, recibes 37 800 pesos en total. Puedes recibirlo en tu cuenta bancaria; con el certificado único de 84 días, el pago se entrega en una sola exhibición.
La fórmula
El subsidio por maternidad es igual al 100 % de tu último salario diario de cotización y se paga durante 84 días (Ley del Seguro Social, art. 101). Vigente a octubre de 2026.
Subsidio total = salario diario de cotización x 84
El salario diario de cotización no es necesariamente lo que recibes en mano: es el salario con el que tu patrón te registró en el IMSS. Tiene un tope superior fijado por la ley (art. 28): si ganas por encima de ese tope, el cálculo se hace con el tope.
Ejemplos de cálculo
| Salario diario de cotización | Por día | Por 84 días |
|---|---|---|
| 300 pesos | 300 pesos | 25 200 pesos |
| 450 pesos | 450 pesos | 37 800 pesos |
| 600 pesos | 600 pesos | 50 400 pesos |
| 900 pesos | 900 pesos | 75 600 pesos |
Ejemplos ilustrativos hechos con la regla de la ley; el IMSS calcula el monto exacto con tu registro.
Conviene saber
¿Tu recibo dice que ganas más de lo que el IMSS tiene registrado? Entonces tu subsidio será menor de lo que esperas. Revisa tu salario registrado desde el inicio del embarazo y, si no coincide con lo que ganas, pide asesoría gratuita en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.
Cómo llega el dinero
- Te expiden la incapacidad (alrededor de la semana 34). Si lo pides, el IMSS emite un certificado único de 84 días que se entrega en una sola exhibición desde el inicio de la incapacidad (art. 101).
- Sin certificado único, la ley prevé el pago por periodos vencidos que no excedan de una semana (art. 101).
- El IMSS ofrece depositar el subsidio en tu cuenta bancaria mediante sus servicios digitales. Ten lista tu CLABE de 18 dígitos, a tu nombre, además de tu Número de Seguridad Social y tu CURP.
- Guarda tus comprobantes de depósito y los folios de tus certificados.
Si no ves el depósito, revisa primero que la CLABE esté bien registrada y a tu nombre; las aclaraciones se hacen en tu Unidad de Medicina Familiar o en la subdelegación del IMSS.
¿Y tu patrón?
Cuando cobras el subsidio, tu patrón queda eximido de pagarte el salario íntegro de esas semanas, hasta los límites de la Ley del Seguro Social (art. 103). Tu contrato colectivo puede prever que la empresa complete la diferencia: pregúntalo. Y si no tienes las 30 semanas cotizadas, el salario íntegro lo paga tu patrón (art. 103).
Los requisitos para tener derecho están en la incapacidad por maternidad del IMSS.
Lo que preguntan los padres
¿El IMSS paga mi sueldo neto o mi salario registrado?
Tu último salario diario de cotización, es decir, el salario con el que tu patrón te tiene registrada en el IMSS, con el tope que fija la ley (Ley del Seguro Social, arts. 28 y 101).
¿A los cuántos días puedo cobrar mi incapacidad por maternidad?
La ley dice que el subsidio se paga por periodos vencidos que no excedan de una semana; si pides el certificado único de 84 días, se entrega en una sola exhibición desde el inicio de la incapacidad (art. 101).
¿Me tiene que pagar algo mi patrón?
Si cobras el subsidio del IMSS, tu patrón queda eximido de pagarte el salario íntegro de esas semanas hasta los límites de la ley; si no tienes 30 semanas cotizadas, el pago completo le corresponde a él (art. 103).
Fuentes
- Cámara de Diputados — Ley del Seguro Social, arts. 28, 101 y 103 (última reforma DOF 15-01-2026) comprobada el 13 de octubre de 2026
- IMSS — Maternidad comprobada el 13 de octubre de 2026
Mamavela informa; esta guía no sustituye a tu matrona, a tu médico ni a tu pediatra, que conocen tu situación. Ante cualquier duda, llámales. En caso de urgencia, llama al 112.